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Alta de IVA en Alemania con SL o autónomo español

Alemania es el primer destino de muchos vendedores de Amazon y también donde más se activa el almacenamiento local con FBA Pan-EU. Si vendes desde España con tu SL o como autónomo y guardas stock allí, lo habitual es que necesites alta de IVA alemana, aunque no abras ninguna sociedad nueva.

¿Cuándo necesitas IVA alemán?

  • Cuando almacenas mercancía en un almacén alemán (por ejemplo FBA Pan-EU o Central Europa).
  • Cuando haces ventas dentro de Alemania desde stock que ya está allí.
  • Cuando trasladas tu propia mercancía desde España a Alemania: el traslado cuenta como operación y suele exigir registro en destino.

Si solo vendes a consumidores alemanes desde stock en España, normalmente puedes valorar el régimen OSS (ventanilla única) en lugar de registrarte. Lo vemos en IVA en ecommerce UE: OSS, umbral y registro por país.

Autónomo o SL: ¿cambia el trámite?

El procedimiento es el mismo: partimos de tu NIF español y del alta censal vigente. Lo que cambia son los documentos que acreditan quién eres, como el certificado de situación censal de tu autónomo o la escritura y el CIF de tu SL. Lo explicamos en alta de IVA en otro país de la UE con autónomo o SL.

Documentos habituales

  • Certificado de situación censal o documentos de la sociedad.
  • Datos del administrador o titular y su identificación.
  • Descripción de la actividad y de dónde se almacena la mercancía.
  • Dirección en España y datos de contacto.

Después del alta

Una vez tengas número de IVA alemán, tocan declaraciones periódicas, que pueden ser mensuales o trimestrales según el caso y lo que indique la administración alemana. También hay que cuidar la facturación y las ventas entre países. Revisa el calendario de presentación desde el primer día para evitar recargos.

Si tienes una SL o eres autónomo y quieres vender en otros países de la UE, mira cómo lo hacemos en Data Biz: alta de IVA por país u OSS, sin crear otra sociedad.

Fuentes oficiales: Comisión Europea, Fiscalidad y Aduanas y Agencia Tributaria. La normativa cambia: confirma siempre los requisitos vigentes con la administración del país.

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